Trámites para Prestadores

A continuación se dispone la información necesaria para realizar consultas o diferentes trámites tanto para prestadores de Actividades y Servicios Turísticos.

En esta sección, podrá acceder a todos los reglamentos, leyes, decretos, resoluciones y disposiciones relacionadas con el sector turístico a nivel provincial.

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Habilitación de manera digital

Habilitación de manera digital

Teléfonos

Dirección de Prestadores de  Actividades Turísticas
+54 9 299 411527
7 

Dirección de  Fiscalización
+54 9 299 4512211

Dirección de  Prestadores de Servicios  Turísticos
+54 9 299 4115137

Email

Dirección de Prestadores de Actividades Turísticas
registrotur@neuquen.gov.ar

registroturnqn@gmail.com

Dirección de Fiscalización
fiscalizatur@neuquen.gov.ar

habilitacionagencia@neuquen.gov.ar

Dirección de Prestadores de Servicios Turísticos
habilitatur@neuquen.gov.ar

habilitacion.alojamiento@gmail.com

Ubicación

Félix San Martín  N°  182- Neuquén Capital

Emilio Frey 749- San Martín de los Andes 

Ruta Nacional N° 40 km 2624- Chos Malal

Horarios de atención

Lunes a viernes de 8.00hs. a 15.00hs.

Nueva Ley Provincial de Turismo

Actividades y Servicios Turísticos

Beneficios de habilitarse
  • Lograr seguridad jurídica en relación a los bienes de su propiedad y de los turistas, así como también de las personas que participen de la prestación del servicio o la actividad turística, además de los trabajadores dependientes de los prestadores turísticos habilitados (cargas sociales, seguros laborales).
  • Lograr seguridad edilicia, a través de la certificación de las condiciones de los inmuebles que se utilicen para la prestación del servicio o actividad.
  • Disminuir los riesgos y accidentes personales y de terceros.
  • Acceder a programas y beneficios fiscales, nacionales y provinciales y a programas de financiamiento específicos para el sector turístico.
  • Acceder a programas de formación y capacitación, cursos y talleres destinados al sector turístico.
  • Alcanzar mayor difusión de la oferta turística habilitada a nivel provincial, nacional e internacional a través de diferentes medios de comunicación y difusión.
  • Participar en eventos organizados y/o con acompañamiento del Ministerio de Turismo y los municipios y comisiones de fomento, logrando incrementar la promoción y difusión del establecimiento.
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Prestadores de Actividades y Experiencias Turísticas

Prestadores de Actividades y Experiencias Turísticas

Actividades Turísticas

Es considerada como, toda práctica comercial que se realice en un espacio natural,  tierra, agua o aire, o en un espacio urbano de un destino, con el objeto de explorar y vivenciar nuevas sensaciones, suponiendo la misma o no, cierto grado de destreza o esfuerzo físico

¿Qué necesito para habilitarme?

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PESCA DEPORTIVA

Documentación que tengo que presentar para habilitarme 

Reglamento de Pesca Intercontinental Patagónico 2025-2026.
Reglamento de la Actividad de Turismo de Deportes y su Apéndice I de Pesca Deportiva – Resolución Nº 853-10

Transporte y paseos náuticos

paseo nautico

PASEO NÁUTICO

Reglamento del Registro Provincial de Actividades Turísticas – 

Resolución 437 , ANEXO I Resolución 437Declaración Jurada Res 437-2025

Check list Paseos Náuticos 

TRANSPORTE TURÍSTICO

Ficha de Inscripción para prestadores de Transporte Turístico.

Transporte terrestre turístico de 9 butacas: Resolución 437 , ANEXO I Resolución 437Declaración Jurada Res 437-2025

Vehículo para realizar actividades o travesías (todo terreno o 4×4) 

Modificatoria de resolución N.º 1215-04 

Check List 2025

Normativas Generales

Ley 3440 Registro  y regulación de los inmuebles destinados a alojamientos a corto plazo- LEY 3440 

Reglamentación LEY 3440 

Declaración Jurada Ley 3440

Requisitos LEY 3440 

 Reglamento de Alojamientos Turísticos de la Provincia Decreto 2790-99

Normas que la modifican 2790/99. Disposición Nº 073-01 – Disposición Nº 127-01 – Disposición Nº 456-00 – Disposición Nº – 470-00 Modificatoria Decreto 2790-99 Ver más

Modificación del Artículo 58 del Reglamento de Alojamientos Turísticos Dec 2790-99 – Disposición Nº 020-09 Ver más
Reglamento Establecimientos Extra hoteleros + Fichas + DDJJ – Resolución Nº 137-21 Ver más
DDJJ Alojamiento Turístico Extrahotelero Ver más
Reglamento Turismo Rural – Resolución Nº 816-05 Ver más
Manual de Procedimiento de Aplicación de la Reglamentación de Turismo Rural – Resolución Nº 792-06 Ver más
Reglamento Turismo Rural Comunitario – Resolución Nº 286-13 Ver más

Prestadores de Servicios Turísticos - Alojamientos

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Prestadores de Servicios Turísticos - Alojamientos

Alojamiento turístico hotelero

 

Establecimientos de uso público que, integrados en una unidad de administración y explotación común, presten servicio de alojamiento en unidades de vivienda o en habitaciones independientes entre sí, percibiendo una tarifa determinada por dicha prestación, la que comprenderá un período de tiempo no inferior a una pernoctación; pudiendo además ofrecer otros servicios complementarios.

Alojamiento a corto plazo

Se entiende por inmuebles destinados a alojamientos a corto plazo, el servicio de contratación de alojamientos en unidades con destino habitacional, de manera habitual, en su totalidad o en una parte de estas, por un período mínimo de una pernoctación y hasta un máximo de 30 días. 

Ley 3440 Registro  y regulación de los inmuebles destinados a alojamientos a corto plazo- LEY 3440 

Reglamentación LEY 3440 

Declaración Jurada Ley 3440

Requisitos LEY 3440 

 

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Alojamiento Turístico Extrahotelero

Se denomina Alojamiento Turístico Extrahotelero a aquellos establecimientos que presten el servicio de alojamiento turístico por un periodo mínimo de un (1) pernocte y un máximo de tres (3) meses, percibiendo una tarifa por dicha prestación, y que por su estructura edilicia quedan excluidos de las reglamentaciones de alojamientos turísticos hoteleros.

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Prestadores de Otros Servicios Turísticos

Turismo Rural

Se entiende al conjunto de actividades turístico- recreativas que pueden ofrecerse con o sin servicio de alojamiento y que se desarrollan en un establecimiento agrícola, forestal o ganadero, ­respetando y conservando la biodiversidad existente, la cultura y la tradición de la región­, convirtiéndose así en una nueva unidad de negocios de la empresa.

TURISMO RURAL

Documentación a presentar para habilitar mi establecimiento 

 Reglamentación de Turismo Rural – Resolución Nº 816/05

Fiesta del Gauchito Gil en Las Coloradas

TURISMO RURAL COMUNITARIO

Paseos Náuticos y Transporte Turístico

paseo nautico

PASEOS NÁUTICOS

Reglamento del Registro Provincial de Actividades Turísticas – 

Resolución N° 1215/04, y su modificatoria Resolución 369/13

Documentación a presentar

TRANSPORTE TURÍSTICO

Reglamento del Registro Provincial de Actividades Turísticas – 

Resolución N° 1215/04, y su modificatoria Resolución 369/13

Documentación a presentar 

Mas servicios de interés

ALQUILER DE EQUIPOS

Ficha de Inscripción para la habilitación del servicio de alquiler de equipos 

En invierno: equipos de esquí, snowboard, indumentaria etc. 

En verano: alquiler de kayak, canoas, pedalines, bicicletas de agua etc. 

Reglamento del Registro Provincial de Actividades Turísticas – 

Resolución N° 1215/04, y su modificatoria Resolución 369/13

Documentación a presentar 

SERVICIOS GASTRONÓMICOS

Requisitos para la habilitación del servicio gastronómico (casa de te, Parrilla, Restaurant etc.)

Reglamento del Registro Provincial de Actividades Turísticas – 

Resolución N° 1215/04, y su modificatoria Resolución 369/13

Documentación a presentar 

Centros de Montaña

Centros de montaña

Se define al área destinada a la práctica de deportes de nieve y de actividades recreativas relacionadas con la naturaleza en las distintas épocas del año destinadas al público en general. Deberá contar con planta turística, incluyendo infraestructura, instalaciones, equipamiento turístico y recorridos avalados por la autoridad competente, además de cumplir con las normas ambientales, de seguridad e higiene y mantenimiento establecidas en la normativa provincial y nacional.

Normativas Generales

Reglamento de Centro de Montaña – Decreto Nº 917-15

Centros de esquí – Disposición 434/05

Anexo I – Reglamento General de Explotación de Medios de Elevación en Centros de Esquí

Anexo II – Reglamento de Uso de Medios de Elevación

Anexo III – Plan de Evacuación de Pasajeros de Medios de Elevación y Recuperación de Vehículos

Anexo IV – Reglamento General de Explotación de Telesquí

Anexo V – Reglamento General de Uso de Telesquíes

Anexo VI – Reglamento de Funcionamiento y Seguridad en Pistas

Anexo VII – Modelo de Informe Técnico de Inspección Anual

Check List: Requisitos y pasos

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Agencias de Viajes

La inscripción en el Registro Nacional de Agentes de Viajes es una herramienta efectiva para asegurar la idoneidad de las Agencias de Viajes, e implica para los allí inscriptos, el cumplimiento previo de parámetros y requisitos que contribuyen a la debida información de los usuarios, protegiendo así sus derechos y, consecuentemente, al fortalecimiento del turismo. 

-Creación Registro Provincial de Agencias de Viajes del Neuquén–RS-2024-02263993-NEU-MTUR

-Anexo: Reglamento de Funcionamiento AVy T PROV DE NQN – Ver más

-Check List nuevas agencias  Ver más

-Check List Agencias Habilitadas LEY 18829 Ver más

Nota de solicitud de representate y titular 

-Nota designación representate técnico 

Memoria Descriptiva Agencias de Viajes y Turismo

DDJJ TRANSPORTE DE PASAJEROS AGENCIAS

TURISMO RURAL

Documentación a presentar para habilitar mi establecimiento 

Manual de Procedimiento de Aplicación de la Reglamentación de Turismo Rural – Resolución Nº 816/05

Fiesta del Gauchito Gil en Las Coloradas

TURISMO RURAL COMUNITARIO

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